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Mientras el planeta avanza en la remoción de represas, el uso de tecnologías como el reciclaje de agua y la restauración de los ríos dañados, en Chile se siguen presentando y aprobando proyectos intensivos en consumo de agua.
La generación hidroeléctrica no es la “energía limpia y sustentable” que prometía ser sino una -verdadera- “fábrica de metano”, que es 86 veces más dañino que el CO2. Hoy en día, las represas generan la misma cantidad de gases de efecto invernadero que toda la flota de aviones del mundo.
Además, las hidroeléctricas son ineficientes ante sequías e inseguras frente a inundaciones, causan daños ambientales graves en ríos, cuencas hidrográficas y ecosistemas aledaños y atentan contra los derechos humanos, empobreciendo a las comunidades que habitan a su alrededor.
En el país existen algunos mecanismos de protección de ríos como los Santuarios de la Naturaleza y la Reserva de Caudales, pero son insuficientes. Los Santuarios de la Naturaleza no protegen el caudal de un río y no prohíben directamente actividades en ellos. Las Reservas de Caudales solo protegen parte del caudal para casos de abastecimiento de agua potable y, en algunos casos, para conservación, pero solo se puede dictar este tipo de reservas si hay disponibilidad de derechos de agua. Además, ninguna de estas figuras de protección contempla la posibilidad de restaurar un río.
Fundación Geute Conservación Sur está impulsando, junto a Fundación Terram, la ONG Ecosistemas e International Rivers, un proyecto de Ley de Ríos Salvajes que favorezca la protección o restauración de ríos o tramos de ríos. No está enfocada solo en ríos prístinos, sino que en todos aquellos que tengan un alto valor escénico, recreativo, geológico, histórico, cultural o ecológico.
El objetivo de esta figura es resguardar aquellas características que hacen único a un río determinado, así como también conservar o restaurar sus funciones ecológicas.
A diferencia de otras figuras de protección, es la propia ciudadanía la que puede solicitar y exigir la protección de un río. La Ley de Ríos Salvajes puede proteger tramos de ríos, ríos completos (desde su cabecera hasta la desembocadura), y/o zonas aledañas al río o al tramo de río protegido.
En los ríos declarados como protegidos se prohibirá las actividades que atenten contra las características que hacen único a ese río, como la minería, la instalación de hidroeléctricas o la extracción de áridos, y se favorecerán aquellas actividades compatibles con los valores que se pretenden proteger, como actividades culturales, ecoturísticas u otras.
En esta obra participaron Santiago d´Etigny Contreras, Emma Ortloff Martínez, Cristóbal Flores Monsalve, Marita Calderón, Eduardo Cisternas Rojas y Magdalena Zepeda de la Fundación Arte Down, junto con el artista Joel Gamín.
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